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jueves, 24 de junio de 2010

Las eléctricas amenazan a los usuarios con penalizaciones de hasta 30 euros


COMO CONSECUENCIA DE UNA ORDEN MINISTERIAL

Facua.
Las eléctricas amenazan a los usuarios con penalizaciones de hasta 30 euros en los recibos si no instalan limitad ores de potencia

Serán inútiles cuando coloquen los nuevos contadores. FACUA insta a Industria a revocar una regulación absurda que sólo provoca un gasto innecesario para los consumidores.

Consumidores en Acción advierte que las eléctricas están amenazando a los usu arios con importantes penalizaciones de hasta 30 euros en los recibos si no instalan limitadores de potencia que serán inútiles cuando les coloquen los nuevos contadores digitales, ya que estos los tienen incorporados.

FACUA insta a Industria a revocar una regulación que resulta absurda por su coincidencia en el tiempo con el plan de sustitución de contadores. Así, la instalación del interruptor de control de potencia (ICP) implica un gasto innecesario para los usuarios ya que en breve, las eléctricas tendrían que colocarles nuevos contadores con sus propios limitadores.

Y es que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio aprobó en 2007 un plan de sustitución de equipos de medida por el que a finales de 2010, cada distribuidora eléctrica debería haber actualizado ya un 30% del total de su parque de contadores de hasta 15 kW de potencia.

Pero las eléctricas no están cumpliendo el plan de sustitución, ante la pasividad del Ministerio, que mientras no establece sanciones por vulnerarlo sí las ha fijado para los usuarios que no coloquen los limitadores.

Según la normativa que regula la obligación de los usuarios de instalar los ICP, la Orden ITC/1.857/2008, de 26 de junio, las distribuidoras eléctricas deben remitir dos notificaciones a los usuarios instándoles a hacerlo por cualquier medio que les permita tener constancia de su recepción.

Si pasados veinte días desde la segunda notificación el consumidor no realiza las actuaciones necesarias para instalar el limitador o no contesta a la compañía, su comercializadora tendrá que comenzar a aplicarle una penalización en los recibos.

Así, a los usuarios con hasta 5 kW de potencia contratada, pasarán a aplicarle la tarifa correspondiente a una potencia de 10 kW. A los consumidores con una potencia contratada superior a los 5 kW les penalizarán aplicándoles una de 20 kW.

Por ejemplo, un usuario con una potencia 3,3 kW, que actualmente paga por este término fijo 6,92 euros (5,6741091 más el 21,93% que representan los impuestos sobre la electricidad y el valor añadido) al mes, pasará a abonar 20,96 euros (17,19427 más ii) hasta que instale el limitador. El recibo se verá aumentado en nada menos que 14,04 euros más, un incremento del 203% en la parte fija correspondiente al término de potencia.

Si el usuario tiene una potencia de 5,5 kW, que paga por ellos 11,57 euros (9,4568485 más ii), pasará a abonar 41,93 euros (34,38854 más ii) por no instalar un limitador que la propia eléctrica está obligada a colocarle a corto o medio plazo. La subida en el recibo será de 30,36 euros, un 262% en el término de potencia.

La Orden ITC/3.860/2007, de 28 de diciembre indica que todos los contadores para suministros de hasta 15 kW "deberán ser sustituidos por nuevos equipos que permitan la discriminación horaria y la telegestión antes del 31 de diciembre de 2018": un 30% antes de que finalice 2010, otro 20% hasta el fin de 2012, un 20% más hasta el de 2015 y el 30% restante hasta concluya 2018.

Para instalar el limitador, el usuario debe abonar a su distribuidora eléctrica 10,49 euros (9,04 más el 16% de IVA) en concepto de derechos de enganche (la verificación y precintado del equipo). Pero si las instalaciones necesitan una adecuación para poder colocar el ICP, tendrá que contratar a un electricista y pagar decenas o cientos de euros por la adaptación.

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